Las
últimas ejecuciones del franquismo fueron también los
últimos fusilamientos del régimen franquista y se produjeron el
27 de septiembre de
1975 en las ciudades
españolas de
Madrid,
Barcelona y
Burgos, siendo
ejecutadas por
fusilamiento cinco personas: tres militantes del
FRAP,
José Humberto Baena,
José Luis Sánchez Bravo y
Ramón García Sanz, y dos militantes de
ETA político-militar,
Juan Paredes Manot (
Txiki) y
Ángel Otaegui. Estas ejecuciones, las últimas de la
dictadura franquista, poco antes de la muerte del general
Francisco Franco, levantaron una ola de protestas y condenas contra el gobierno de España, dentro y fuera del país, tanto a nivel oficial como popular.
Antecedentes históricos
Por la Jefatura del Estado se dictó el
Decreto-Ley 10/1975, de 26 de agosto, sobre prevención del
terrorismo (BOE número 205 de 27/8/1975), que contenía diversos preceptos
procesales y
penales en relación con el terrorismo. Sin embargo, la pena de muerte por diversos
delitos de terrorismo ya estaba en la legislación penal, por ejemplo en el art. 294 bis del Código de Justicia Militar. También el Código Penal establecía la pena de muerte en varios de sus artículos, por ejemplo, los artículos 260, 405, 406, 501 y otros.
Las disposiciones de dicho Decreto-Ley 10/1975 eran de aplicación en los delitos de terrorismo de los art. 260 a 264 del
Código Penal y 294 bis del
Código de Justicia Militar. El enjuiciamiento de algunos delitos se atribuía a la
jurisdicción militar que se sustanciarían por el
procedimiento sumarísimo. También establecía una prórroga en el plazo legalmente establecido para poner a un
detenido a disposición de la autoridad judicial. En su artículo 13 establecía: "El plazo legalmente establecido para poner a disposición de la autoridad judicial a un detenido podrá prorrogarse, si lo requieren las exigencias de la investigación, hasta transcurrido el quinto día después de la detención y hasta los diez días si, en este último caso, lo autoriza el Juez a quien deba hacerse la entrega. La petición de esta autorización deberá formularse por escrito y expresará los motivos en que se funde. (...)".
Los Consejos de Guerra y las condenas
Un
Consejo de Guerra ordinario se celebró en el Regimiento de Artillería de Campaña 63 de
Burgos el 28 de agosto. En él fueron juzgados José Antonio Garmendia Artola y Ángel Otaegui Etxebarria, ambos de ETA político-militar, que fueron condenados a muerte por el delito de terrorismo con resultado de muerte del cabo del Servicio de Información de la
Guardia Civil Gregorio Posadas Zurrón, en Azpeitia, el 3 de abril de 1974. Se les aplicó el artículo 294 bis b) 1º del Código de Justicia Militar. Garmendia fue condenado por ser autor material de dicho atentado y Otaegui fue condenado por cooperación necesaria, por la preparación minuciosa y detallada de dicho atentado. A Garmendia se le conmutaría la pena de muerte por la de reclusión y Otaegui sería ejecutado por fusilamiento en Burgos.
Un Consejo de Guerra sumarísimo se celebró el 19 de septiembre en el Gobierno Militar de Barcelona. En él fue juzgado Juan Paredes Manot,
Txiki, de ETA político-militar, por un
atraco en la sucursal del
Banco de Santander de la calle Caspe de Barcelona el 6 de junio, atraco en el que, a causa de un tiroteo, murió el cabo primero de la
Policía Armada Ovidio Díaz López. Se le aplicó el art. 294 bis c) 1º del Código de Justicia Militar. Fue condenado a muerte y sería ejecutado por fusilamiento en Barcelona.
En las dependencias militares de El Goloso, cerca de Madrid, se celebró los días 11 y 12 de septiembre un Consejo de Guerra sumarísimo contra militantes del FRAP para juzgar el atentado con resultado de muerte contra el policía armado Lucio Rodríguez, en la madrileña calle de Alenza, el 14 de julio de 1975. Por dicho atentado se condenó como autores de un delito de insulto a fuerza armada con resultado de muerte del artículo 308, número 1º del Código de Justicia Militar a cinco procesados. De éstos, tres fueron condenados a muerte, a dos de ellos (Manuel Blanco Chivite y Vladimiro Fernández Tovar) se les conmutaría la pena de muerte por reclusión y uno (José Humberto Baena Alonso) sería ejecutado por fusilamiento en
Hoyo de Manzanares (Madrid). Otro procesado, Pablo Mayoral Rueda, fue condenado a treinta años de reclusión mayor. Otro procesado, Fernando Sierra Marco, fue condenado a veinticinco años de reclusión mayor. Además, Mayoral, Baena y Sierra fueron condenados a cinco meses de arresto mayor por uso ilegítimo de vehículo ajeno de motor.
Igualmente, en dichas dependencias militares de El Goloso, se celebró el día 18 de septiembre otro Consejo de Guerra sumarísimo contra otros militantes del FRAP por el atentado con resultado de muerte contra el teniente de la Guardia Civil Antonio Pose Rodríguez, en Carabanchel, el 16 de agosto. Se aplicó el artículo 294 bis b) 1º del Código de Justicia Militar y fue condenado José Fonfrías Díaz a veinte años de reclusión y otros cinco procesados fueron condenados a muerte, a tres de ellos (Concepción Tristán López, María Jesús Dasca Pénelas y Manuel Cañaveras de Gracia) se les conmutaría la pena de muerte por reclusión y dos (Ramón García Sanz y José Luis Sánchez-Bravo Sollas) serían ejecutados por fusilamiento en Hoyo de Manzanares (Madrid).
Fueron, por tanto, en total, once condenados a muerte. El
Consejo de Ministros del viernes 26 de septiembre
indulta a seis de los condenados a muerte, conmutando sus penas por la de
reclusión y da el "enterado" para los otros cinco condenados a muerte. El "enterado" es la denegación del indulto y, por tanto, supone la
ejecución de la
pena de muerte. Dichas penas de muerte se ejecutaron por fusilamiento al día siguiente, el sábado 27 de septiembre.
Intentos para evitar los fusilamientos
Las ejecuciones
Las ejecuciones de las penas de muerte no indultadas se realizaron por fusilamiento el sábado 27 de septiembre. En Barcelona, fue ejecutado Juan Paredes Manot, Txiqui, de 21 años, y en Burgos, Ángel Otaegui, de 33, ambos militantes de ETA político-militar. En Hoyo de Manzanares (Madrid), José Luis Sánchez Bravo, de 22 años, Ramón García Sanz, de 27, y José Humberto Baena Alonso, de 24, miembros del Frente Revolucionario Antifascista y Patriota (FRAP).
En
Hoyo de Manzanares los fusilamientos lo hicieron tres pelotones compuestos cada uno por diez guardias civiles o policías, un sargento y un teniente, todos voluntarios. A la 9.10, los policías fusilaron a Ramón García Sanz. A los 20 minutos, a José Luis Sánchez Bravo y poco después a Humberto Baena. A las 10.05 todo había concluido. No pudo asistir ningún familiar de los condenados, pese a ser «ejecución pública», según marcaba la ley. El único paisano que pudo asistir fue el párroco de la localidad, que relato después la ejecución:
Además de los policías y guardias civiles que participaron en los piquetes, había otros que llegaron en autobuses para jalear las ejecuciones. Muchos estaban borrachos. Cuando fui a dar la extremaunción a uno de los fusilados, aún respiraba. Se acercó el teniente que mandaba el pelotón y le dio el tiro de gracia, sin darme tiempo a separarme del cuerpo caído. La sangre me salpicó.
Los cadáveres de los tres miembros del FRAP fueron enterrados la misma mañana de su ejecución en
Hoyo de Manzanares. Los restos de Sánchez Bravo serían trasladados, posteriormente, a Murcia, y los de Ramón García Sanz, al cementerio civil de Madrid.
Reacciones y protestas
Cuando el viernes 26 de septiembre el Consejo de Ministros por unanimidad y siguiendo las directrices de Francisco Franco aprueba el fusilamiento de cinco de los once condenados a pena de muerte se produce una inmensa conmoción. Los titulares de la prensa española proclamaban la generosidad del régimen por haber indultado a seis de los once condenados. Bajo el título Hubo clemencia la prensa se plegaba a las consignas del régimen sin que se oyera una palabra disonante.
En el País Vasco se decretaba una Huelga General en pleno Estado de Excepción que era seguida mayoritariamente, por las diferentes ciudades españolas se multiplicaban los paros y las protestas y en el mundo el clamor contra las ejecuciones no cesaba.
Las irregularidades de los procesos realizados ya habían sido denunciadas por el abogado suizo Chistian Grobet que había asistido como observador judicial al consejo de guerra de Txiki en nombre de la Federación Internacional de Derechos del Hombre y de la Liga Suiza de Derechos del Hombre en cuyo informe del 12 de septiembre dice:
Jamás el abajo firmante, desde que sigue los procesos políticos en España, ha tenido una impresión tan clara de asistir a un tal simulacro de proceso, en definitiva a una siniestra farsa, si pensamos un momento en el provenir que les aguarda a los acusados.
El presidente mexicano
Luis Echeverría pide la expulsión de España de las
Naciones Unidas, 12 países occidentales retiran sus embajadores en Madrid. Las embajadas españolas de diversas ciudades son atacadas por los manifestantes, quemándose la de Lisboa.
La respuesta del régimen es la convocatoria de una manifestación de adhesión en la madrileña plaza de Oriente, manifestación preparada por el teniente coronel José Ignacio San Martín, en la que Francisco Franco, físicamente muy debilitado, acompañado del entonces
Príncipe de España,
Juan Carlos de Borbón, proclama:
Todo lo que en España y Europa se ha armado obedece a una conspiración masónico-izquierdista, en contubernio con la subversión comunista-terrorista en lo social, que si a nosotros nos honra, a ellos les envilece.
Esta fue la última aparición pública del dictador.